RUINA DE LA VIRTUD

Aia, 1786

Rafael Aguirre Francok bildua

        Por quanto hallandonos en estta Provincia haciendo la Santa personal Visitta de sus Iglesias nos han informado personas zelosas que en la Hermita de Sn Juan Bauptista Sitta en la Jurisdicion de Haia en el paraxe llamado Yturrioz que es despoblado, y mui apartado. En aquella Universidad, se congregan algunas vezes al año á titulo de Visittar la Hermita, y celebrar sus festividades, muchas personas de ambos Sexos; y en particular de la juventud que en estta Suerte de romerías encuentra un pretesto á su parezer honesto para adormecer el cuidado de sus Padres, y entregarse con impunidad a los excesos que proporciona la licencia profanando la Santidad dela Religión en aquellos mismos actos que tanto nos recomienda la piedad de la Iglesia, y combirtiendo en gentilicios los mismos exercicios que los timoratos, y verdaderos fieles acostumbran practicar con edificacion, y frutto. Deseando probeer de remedio á un escandalo tan notorio que no puede subsistir sin ruina de la Virtud, y aprobio dela Severa, y Santa Religion que ha establecido Jesu Christo mandamos que en la referida Hermita de Sn Juan Bauptista no celebre missa ningun Sacerdotte Secular ni Regular, en Virtud de Pribilegio ni facultad alguna, (pues todas las rebocamos, y anulamos) pena de Suspensión ipso facto incurrenda, y demas que nos reserbamos imponer a los transgresores, ni haga ottra funcion o ministerio Eclesiastico, y encargamos al Rector dela Parroquia de Aya que tome las llabes de la misma Hermita é impida toda concurrencia á ella, y publicando en el primer dia festibo el prnte. autto comunique sus traslados a los inmediatos Parrochos en Albistur, Rexil, Vidania, Goiaz, y Beizama para que estos practiquen la misma diligencia é informen todos a sus respectibos feligreses delos justtos motibos que nos han precisado á estta resolucion: Dado enla Santta Visitta de Asteasu á Diez y siette de Agosto demil setec. ochentta y seis= Esteban Ant-°. Obpo. de Pamplona= Por Molo. de S. Illma. el Obpo. D. Jose Thomas Berasategui= Sino. Centifico yo Dn Juan Igno. de Guilisasti, Rector dela Iglesia Parroquial de Sn. Esteban dela Univ. de Aya, haren Publicado el autto prezedente en estta Parroq, y dado a entender su contenido en lengua Vulgar Oy dia de la fha al tiempo del ofertorio de la Missa popular; para que conste firmo en la dicha Univ. de Aya á veintte de Agostto demil setec. ochentta y seis= Dn. Juan Igno. de Guilisasti= Concuerda estte traslado con su original que para en mi poder al que en lo nezesario me remitto Aya y Agostto beintte y dos, demil setec. ochentta, y seis=.